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LOCALES
Saladas: Que Bueno sería tratar este proyecto de Ordenanza en Ordinarias del HCD
Del 1 de marzo, hasta el 15 de diciembre de 2022, se desarrollará el XV Periodo de Sesiones Ordinarias del HCD de Saladas, donde se prevé habrá una prolífica labor legislativa.  En este marco, desde este medio periodístico  proponemos el tratamiento de un proyecto de Ordenanza, que  potencie la seguridad vial en calles de esta ciudad. Para ello redactamos este borrador/base de un Proyecto de Ordenanza, de libre disposición.
 
Casi todos los ciudadanos son conductores de algún tipo de vehículo, y  habrán  visibilizado lo que ocurre en la intersección semaforizada de calles Moreno y  Pellegrini de la ciudad e Saladas.
 
 
PROYECTO de ORDENANZA
Saladas, Ctes. __  de ____   de 2022
 
INICIADO Y PRESENTADO POR:

TEMA: Prohibición de Giro a la Izquierda calle Moreno

VISTO:
              La esquina semaforizada de calles Moreno y Pellegrini.
              La Ley Nacional  de Tránsito Nº 24.449.
              Las Ordenanzas Municipales Nº 09/96 y 9/10.
              Articulo 153º, inciso 64 de la Carta Orgánica Municipal de Saladas, y,

CONSIDERANDO:
QUE; la esquina conformada por las calles Moreno y Pellegrini, de esta ciudad  existe  un sistema de semáforos, que no tiene  la opción luminosa, como tampoco a través  de señalética sobre la regulación del  giro a la izquierda sobre  calle Moreno,  continuación de Avenida Juan Gregorio Pujol, ambas de doble sentido de circulación.
QUE, por Ordenanza 09/96 de fecha 29 mayo de 1996, la Municipalidad de Saladas se adhiere La Ley 24449 y la adhesión a la ley 26363 modificatoria de la ley 24449 por Ordenanza Nº 09/2010 de fecha 14 de Abril de 2010.
QUE,  La Ley nacional  de Tránsito Nº 24.449, en su Artículo 44, norma sobre las vías reguladas por semáforos.
QUE, en sentido sur-norte de calle Moreno no existen señalizaciones sobre la prohibición o habilitación de “Giro a la Izquierda”.
QUE,  La Ley nacional  de Tránsito Nº 24.449, en su Artículo 44, inciso f , dicta “En vías de doble mano no se debe girar a la izquierda salvo señal que lo permita”,  en esta intersección no existe señal que habilite a gira a la izquierda,  lo que genera maniobras peligrosas.
QUE, Debido a esto, caben dos opciones de corrección:
 La prohibición del  giro a la izquierda en cuestión.
La instalación en el sistema semáforos, en cuestión, de la señal de habilitación de giro a la izquierda continuación de calle Calos Pellegrini.
Que, la mayor seguridad vial y su acatamiento, será a través de una señal de habilitación de giro a la izquierda.
Esta disposición tiene como objetivo de minimizar la posibilidad de accidentes viales. Teniendo en cuenta que muchos conductores realizan el giro a la izquierda sin existir  la señal luminosa indicando el viraje  y otros tantos con luz verde  proceden a sobrepasarlos en plena bocacalle,  acciones que  pueden derivar en otras circunstancias de inseguridad vial.
QUE, es facultad del Honorable Concejo Deliberante (HCD) de Saladas sancionar la presente norma.

POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADAS SANCIONA CON FUERZA
DE ORDENANZA
 
Artículo 1º- INSTALASE  la señal luminosa que habilite el giro a la izquierda, a  todo tipo de vehículos, que circulen en sentido sur-norte o en sentido barrio Estación – Ciudad de Saladas,  por calle Moreno en su intersección con calle Pellegrini. 

Artículo 2º- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a señalizar la prohibición del giro a la izquierda, instalando la señalética instituida para el caso, por el “Sistema de Señalización Vial Uniforme”. Ley 24.449 - Artículo 22. Decreto Reglamentario 779/95.

Artículo 3º- DE FORMA.
Por Redacción Mi Saladas/ Jueves, 03 de marzo de 2022