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JUEZA DE FALTAS MUNICIPAL
Saladas con  nueva  Jueza de Faltas Municipal
La asunción de una nueva jueza de Faltas, amerita una nota  medular sobre la temática, por sobre lo protocolar, a fÍn de que la ciudadanía conozca los alcances de este hecho


La Dra. Andrea Alejandra Monzón es la flamante Jueza  de Faltas Municipal de Saladas, cargo que hasta el momento subrogaban los  Asesores Letrados  del Municipio de Saladas, luego de haber fenecido  el mandato de la Dra. Miryam Fernández.
 
La  Jueza  Municipal de Faltas fue designada por el HCD, a través de la Resolución Nº  00146/18, en tanto la Secretaria  del Juzgado de Faltas, EPN Roxana Argentina Luxen fue designada por Resolución Nº  00147/18.
 
El Municipio de Saladas organiza sus instituciones bajo la forma representativa, republicana, democrática y participativa de acuerdo con las declaraciones, derechos y garantías establecidos en las Constituciones Nacional, Provincial y la Carta Orgánica Municipal (COM) de Saladas.
 
Con la asunción formal de la Dra. Andrea Alejandra Monzón, tras la jura protocolar ante el Honorable Concejo  Deliberante en sesión Especial, el Municipio de Saladas  normaliza uno de los tres poderes del gobierno municipal, a saber Poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial,  regularizando la  forma republicana de gobierno, establecido por la Carta Orgánica Municipal de Saladas. El cargo de Juez Municipal de Faltas es  de cuatro (4) años en el ejercicio de sus funciones pudiendo ser reelecto. Sólo podrá ser removido por juicio político.
 
SECRETARIO DE FALTAS
 
La  Jueza  Municipal de Faltas de Saladas Dra. Andrea Alejandra Monzón contará con la asistencia de la EPN Roxana Argentina  Luxen como  Secretaria, quien dependerá directamente de la misma y actuará en todos los despachos de los asuntos ingresados al juzgado.
 
SUPERINTENDENCIA
 
La Jueza de Faltas Municipal ejercerá por delegación legal la superintendencia sobre todo el
personal municipal que tenga a su cargo. Tendrá amplias atribuciones para requerir la inmediata colaboración del Cuerpo de Inspectores Municipales, la que no le podrá ser negada por ninguna razón mientras sea convocado a cumplir sus tareas específicas.
 
SUBROGANCIA
 
En caso de ausencia temporaria, excusación o cualquier otro motivo que impidiera actuar al
Juez, será subrogado automáticamente por el Asesor Letrado Municipal. En caso de impedimento o ausencia del subrogante, deberá ser reemplazado por un abogado de la Matrícula, desinsaculado de la lista de Conjueces del o de los Juzgados Ordinarios con jurisdicción en la ciudad de. En tal caso, la remuneración del abogado que reemplace al Juez será proporcional al tiempo que dure en sus funciones.
 
SANCIONES
 

El Juez de Faltas Municipal de Saladas,  aplicará el procedimiento y las sanciones previstas en el Código de Faltas y las ordenanzas respectivas, debiendo garantizar el derecho constitucional de la defensa en juicio.
La sentencia que dicte será inapelable en sede administrativa. Para el cumplimento de sus funciones podrá requerir el auxilio de la fuerza pública
 
El Juez de Faltas será Autoridad de Aplicación local de las ordenanzas que protegen al consumidor y al usuario. Los Actos Administrativos que afecten intereses difusos, podrán ser recurridos por uno o más vecinos ante el Juez Municipal de Faltas.
 
ACEFALÍA
 
En caso de renuncia, destitución, muerte o inhabilidad física y cualquier otra causa que determine el Alejamiento definitivo del juez o del secretario municipal de Faltas automáticamente en un término no mayor al de quince (15) días sus cargos serán cubiertos en la forma establecida en la  Carta Orgánica Municipal de Saladas.

INCOMPATIBILIDADES
 
El Juez Municipal de Faltas tiene las mismas incompatibilidades que los concejales y no podrán ejercer ninguna otra función pública, excepto la docencia en cualquiera de sus niveles.
 
INMUNIDAD
 
El Juez de Faltas gozará de las mismas inmunidades establecidas en la Carta Orgánica Municipal de Saladas a los Concejales
 

JUZGADO MUNICIPAL DE FALTAS
 
ASIENTO – DEPENDENCIA

 
Cuando necesidades de servicio así lo requieran se podrá proceder a la creación e integración de otros Juzgados de Faltas de acuerdo a las normas establecidas por la Carta Orgánica municipal de Saladas. Los mismos tendrán dependencia institucional y administrativa del Departamento Jurídico Municipal, conforme a los principios establecidos en la COM.
 
En Saladas el Juzgado Municipal de Faltas, tendrá como sede las dependencias del edificio sito en calle Bartolomé Mitre 1.037 de esta ciudad.
 
JURISDICCIÓN
 
El Juzgado Municipal de Faltas tendrá jurisdicción en todo el Municipio, correspondiéndole juzgar en instancia única, verbal, pública y actuada de todos los hechos de su incumbencia, sentenciando respecto a las faltas, infracciones y contravenciones que resultaren de violaciones y/o incumplimientos al Código de Faltas Municipal, a las ordenanzas, reglamentaciones municipales que deban ser objeto de juzgamiento por parte de dicho órgano, y los de otras jurisdicciones municipales cuya aplicación corresponda al Municipio de Saladas.
 
CÓDIGO DE FALTAS
 
El Código de Faltas será sancionado por ordenanza del HCD teniendo el mismo facultades para adherirse a las leyes nacionales y/o provinciales en la materia, las que luego de la adhesión serán de aplicación obligatoria en todo el Municipio. (Si bien fuentes consultadas  señalaron que el Código de Faltas vigente, necesita una urgente actualización).
 
DE LOS PROCEDIMIENTOS
 
Se deberá garantizar al ciudadano a través de las normas legislativas municipales correspondientes, el derecho de defensa y el debido proceso legal en el juzgamiento de las faltas y/o incumplimientos que se le atribuyeran.
 
APELACIONES

 
La Resoluciones y/o Sentencias Definitivas del Juzgado Municipal de Faltas serán susceptibles de revisión judicial.
 
REMUNERACIONES
 
El HCD fijará las remuneraciones a percibir por el Juez y el Secretario del Juzgado Municipal de Faltas, con ajuste a lo dispuesto en la  Carta Orgánica Municipal de Saladas.
 
PERSONAL
 
Para el mejor desempeño del Juzgado Municipal de Faltas el mismo deberá contar con el personal necesario, el que será designado por concurso de antecedentes de títulos y oposición.

FUNCIONAMIENTO

El Jugados de Faltas Municipal  funcionarán todos los días hábiles desde el primero de febrero y hasta el 30 de diciembre de cada año. Su horario se fijará mediante resolución interna del mismo.
 
SANCIONES Y USO DE LA FUERZA PÚBLICA
 
Las sanciones y penas a aplicarse por el Juzgado Municipal de Faltas deberán estar contenidas y reglamentadas en el código respectivo. El juzgado podrá proceder al secuestro de los elementos y/o vehículos que hayan motivado la comisión de la falta o contravención, y podrá requerir el auxilio de la unidad de orden público local para el mejor desempeño de sus funciones.
 
Por Redacción Mi Saladas/ Domingo, 08 de abril de 2018